De hecho, según una nota emitida por el Consejo General del Notariado (CGN), “cada día son más los ciudadanos y familias españolas que acuden a los notarios por estas cuestiones”. El Notariado subraya que casarse ante notario es “una opción rápida y cómoda” porque, una vez obtenido el expediente matrimonial, “se puede celebrar la boda en cualquiera de las casi 3.000 notarías repartidas por toda España”. De hecho, según los datos del CGN, el pasado año 8.235 parejas contrajeron matrimonio ante notario, frente a las 5.571 que lo hicieron en 2016 (un 48% más). En el primer semestre de 2018 han sido 3.596.
Otra de sus funciones en relación con la pareja son las capitulaciones matrimoniales, el contrato por el que se fijan las normas que regulan la relación económica del matrimonio. Aunque en cada comunidad autónoma se aplica por defecto un régimen económico matrimonial (gananciales o separación de bienes, fundamentalmente), es posible que los cónyuges hagan antes o después de la boda unas capitulaciones ante notario para cambiarlo. En 2017 se firmaron 53.393 capitulaciones matrimoniales, frente a las 49.290 de 2016, lo que supone un incremento de más del 8%. En el primer semestre de 2018 se realizaron 28.340, lo que supone un ligero ascenso.
Muchas parejas en vez de contraer matrimonio eligen formalizar su unión como pareja de hecho. El Notariado subraya que hacerlo ante un fedatario público “supone garantizar su validez en todo el Estado, puesto que actualmente no existe una normativa nacional que regule las parejas de hecho, y existen importantes diferencias entre las 13 comunidades donde sí tienen regulación específica”. El notario, al redactar la escritura pública de convivencia, les explicarán las posibilidades existentes para regular su economía y les asesorará sobre cuestiones relacionada con su descendencia, y su sucesión, entre otros temas. En 2017 se firmaron, 8.645 escrituras de parejas de hecho frente a las 5.903 de 2016, lo que supone un incremento del 46%. En el primer semestre de 2018 se observa un fuerte crecimiento, con 7.135 actos.
En el caso de ruptura, si los dos miembros de la pareja de hecho están de acuerdo, bastará con que vayan a la notaría y otorguen una escritura de disolución en la que recojan los términos de la separación. Cuando se trate de un divorcio, solo se podrá realizar ante notario al menos tres meses después desde la celebración del matrimonio, siempre que sea de mutuo acuerdo y no haya hijos menores no emancipados o que tengan una discapacidad y dependan de los padres. En 2017 se han realizado 7.762 divorcios y separaciones, y 6.358 en 2016. En el primer semestre de 2018 las escrituras realizadas de separaciones y divorcios han sido 4.171.
(Cinco Días, 27-10-2018)